Certificado de eficiencia energética

El 5 de abril de 2013 el Gobierno central publicó el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana (2013-2016). Asimismo, el 13 de abril de 2013 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 235/2013 por el cual se aprueba el procedimiento bàsico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

El Real Decreto fija el 1 de junio de 2013 como fecha a partir de la cual será obligatorio disponer del certificado energético para edificios o viviendas que se vendan o se alquilen, y para edificios públicos de más de 500m².

El ICAEN, organismo encargado de gestionar la certificación energética de edificios en Catalunya, pone a disposición el procedimiento mediante el cual se puede obtener la etiqueta energética de aquellos edificios existentes que hayan realizado la calificación energética con cualquiera de las herramientas de certificación reconocidas.

Que edificios tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia energética?

  • Los edificios de nueva construcción.
  • Los edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario. Se entiende por parte de un edificio la unidad, planta, vivienda o apartamento en un edificio o local destinados a uso independiente o de titularidad jurídica diferente, diseñados o modificados para su utilización independiente.
  • Los edificios o partes de edificios existentes en los que una entidad pública ocupe una superficie útil total superior a 250m² y que sean frecuentados habitualmente por el público.
  • Para la realización del certificado de eficiencia energética hace falta un técnico para su emisión, para posteriormente conseguir la etiqueta de eficiencia energéticoa.

    El propietario debe rellenar un Modelo de Representación para dar autorización al Técnico para poder realizar el trámite administrativo frente el ICAEN.

    Realizada la visita al inmueble por un Técnico, ha de realizar el certificado con las herramientas informáticas que ha puesto a disposición el Ministerio de Industria, Energía y Turismo

    Realizado el certificado con las herramientas informáticas, se tendrá que realizar la tramitación mediante la página web para Trámites del ICAEN. Es necesario disponer de certificado digital para poder hacer la tramitación.

    Todo el trámite se realiza telemáticamente, excepto la visita al inmueble. Recibiendo el Cliente la Etiqueta de Eficiencia Energético emitida por la Generalitat a través del Técnico que la ha solicitado. Modelo etiqueta de eficiencia energética.

    Existen dos maneras de encontrar certificados realizados y presentados en el ICAEN Buscador de certificados de eficiencia energética de edificios, y mediante el Registro de Certificados energéticos de Catalunya.

    TARIFAS

    Para realizar todo el trámitee hasta la obteeención de la Etiqueta de Calificación Energético la tarifa es de €* + Tasa (€) euros para la ciudad de Barcelona, y para viviendas en bloque plurifamiliar de hasta m².

    Para edificios completos, hace falta separar entre viviendas y locales-oficinas, son necesarias dos etiquetas, una para la parte de viviendas y otra para la parte de oficinas. La tarifa irá de los €* + Tasas euros para un edificio (parte viviendas) de tres entidades, hasta los €* + Tasas euros para veinte entidades, y añadir, si fuese el caso, €* + Tasa euros por un local-oficinas hasta los €* + Tasa euros para veinte entidades de locales-oficinas, para el área Metropolitana, y para entidades de hasta m².

    PACK OFERTAS

    Para viviendas en bloque plurifamiliar de hasta m² si se pide la cédula de habitabilidad y el certificado de eficiencia energética el precio será inferior a la tarifa por separado, quedando en €* + Tasas (€+€) euros la tramitación de los dos documentos en la ciudad de Barcelona. Otras poblaciones, viviendas de más de m² o unifamiliares, consultar.

    Para bloques plurifamiliares que pidan ITE (Inspección técnica del Edificio) y el certificado de eficiencia energética, el precio será inferior a la tarifa por separado, quedando los valores entre €* + Tasas euros para un edificio (parte viviendas) de dos entidades, hasta los €* + Tasas euros para veinte entidades, y añadir, si fuese el caso, €* + Tasas euros por un local-oficina hasta los €* + Tasas euros para seis entidades de locales-oficinas para el área Metropolitana, y para entidades de hasta m².

    Tasa Generalitat Catalunya Cédula Habitabilidad

    Tasa Generalitat Catalunya Certificado Energético

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    * IVA no incluido