Certificado de eficiencia energética
El 5 de abril de 2013 el Gobierno central publicó el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de
Viviendas, Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana (2013-2016).
Asimismo, el 13 de abril de 2013 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 235/2013 por el cual se
aprueba el procedimiento bàsico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
El Real Decreto fija el 1 de junio de 2013 como fecha a partir de la cual será obligatorio disponer
del certificado energético para edificios o viviendas que se vendan o se alquilen, y para edificios
públicos de más de 500m².
El ICAEN, organismo encargado de gestionar la certificación energética de edificios en Catalunya, pone a disposición el
procedimiento mediante el cual se puede obtener la etiqueta energética de aquellos edificios
existentes que hayan realizado la calificación energética con cualquiera de las herramientas de
certificación reconocidas.
Que edificios tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia energética?
Los edificios de nueva construcción.
Los edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario. Se
entiende por parte de un edificio la unidad, planta, vivienda o apartamento en un edificio o local
destinados a uso independiente o de titularidad jurídica diferente, diseñados o modificados para su
utilización independiente.
Los edificios o partes de edificios existentes en los que una entidad pública ocupe una superficie
útil total superior a 250m² y que sean frecuentados habitualmente por el público.
Para la realización del certificado de eficiencia energética hace falta un técnico para su emisión,
para posteriormente conseguir la etiqueta de eficiencia energéticoa.
El propietario debe rellenar un
Modelo de Representación para dar autorización al Técnico para poder realizar el trámite
administrativo frente el ICAEN.
Realizada la visita al inmueble por un Técnico, ha de realizar el certificado con las herramientas
informáticas que ha puesto a disposición el Ministerio
de Industria, Energía y Turismo
Realizado el certificado con las herramientas informáticas, se tendrá que realizar la tramitación
mediante la página web
para Trámites del ICAEN. Es necesario disponer de certificado digital para poder hacer la
tramitación.
Todo el trámite se realiza telemáticamente, excepto la visita al inmueble. Recibiendo el Cliente la
Etiqueta de Eficiencia Energético emitida por la Generalitat a través del Técnico que la ha
solicitado. Modelo etiqueta de eficiencia
energética.
Existen dos maneras de encontrar certificados realizados y presentados en el ICAEN Buscador de certificados de eficiencia energética de edificios, y mediante
el
Registro de Certificados energéticos de Catalunya.
TARIFAS
Para realizar todo el trámitee hasta la obteeención de
la Etiqueta de Calificación Energético la tarifa es de €* + Tasa (€) euros para
la ciudad de Barcelona, y para viviendas en bloque plurifamiliar de hasta m².
Para edificios completos, hace falta separar entre viviendas y locales-oficinas, son necesarias dos
etiquetas, una para la parte de viviendas y otra para la parte de oficinas. La tarifa irá de los
€* + Tasas euros para un edificio (parte
viviendas) de tres entidades, hasta los €* +
Tasas
euros para veinte entidades, y añadir, si fuese el caso, €* + Tasa euros por un local-oficinas
hasta los
€* + Tasa euros para veinte entidades de
locales-oficinas, para el área Metropolitana, y para
entidades de hasta m².
PACK OFERTAS
Para viviendas en bloque plurifamiliar de hasta m² si se pide la cédula de
habitabilidad y el certificado de eficiencia
energética el precio será inferior a la tarifa por separado, quedando en €* + Tasas (€+€)
euros la tramitación de los dos documentos en
la ciudad de Barcelona. Otras poblaciones, viviendas de más de m² o unifamiliares, consultar.
Para bloques plurifamiliares que pidan ITE (Inspección técnica del Edificio) y el
certificado de eficiencia energética, el precio será inferior a la tarifa por separado, quedando
los valores entre
€* + Tasas euros para un edificio (parte
viviendas) de dos entidades, hasta los
€* + Tasas euros para veinte entidades, y
añadir, si fuese el caso, €* + Tasas euros
por un
local-oficina hasta los €* + Tasas euros
para seis entidades de locales-oficinas para el área
Metropolitana, y para entidades de hasta m².
Tasa Generalitat
Catalunya Cédula Habitabilidad
Tasa Generalitat
Catalunya Certificado Energético
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* IVA no incluido